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Autónomos

 

Categorías de Autónomos

A diferencia de lo que ocurre con el Monotributo, el pago de la cuota de Autónomos es pagada a mes vencido.

 

¿Cómo obtener la credencial de autónomos?

 

1º Ingresar a la pagina de AFIP con CUIT y Clave Fiscal.

 

2º Ingresar al servicio “Sistema Registral” – “Constancias” – “Consulta de Tramites efectuados”.

 

3º Hacer Click en la lupa del último “Empadronamiento de autónomos” e imprimir.

                             VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS DESDE MARZO 2015 A LA FECHA

 

14/12/2021

Autónomos valores a partir del devengado diciembre 2021. Cuadro Comparativo

VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE DICIEMBRE 2021

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/12/2021

 

Categorías mínimas de revista

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.

  • Afiliaciones voluntarias.

  • Menores de 21 años.

  • Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.

  • Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

El aumento con respecto a los valores anteriores es del 12,11%  según lo que había sido establecido en la  Resolución 243/2021.

 

 

 

16/09/2021

Autónomos valores a partir del devengado Septiembre 2021. Cuadro Comparativo

VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE 2021

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/09/2021

 

Categorías mínimas de revista

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.

  • Afiliaciones voluntarias.

  • Menores de 21 años.

  • Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.

  • Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

El aumento con respecto a los valores anteriores es del 12,39%  según lo que había sido establecido en la  Resolución 174/2021 que dispuso dispuso que “el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, será equivalente al 12,39%”.

 

Dicho esto los valores que aparecen publicados hoy en AFIP tienen un error en las categorías de:

  • Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.

  • Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

 

Autónomos Categorías mínimas de revista septiembre 2021

Autónomos valores vigentes Septiembre 2021 comparativos con el mes anterior.

 

 

15/06/2021

Autónomos valores a partir del devengado junio 2021. Cuadro Comparativo

VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE JUNIO 2021

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/06/2021

Categorías mínimas de revista

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.

  • Afiliaciones voluntarias.

  • Menores de 21 años.

  • Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.

  • Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

 

Autónomos Categorías mínimas de revista junio 2021

Autónomos valores vigentes junio 2021 comparativos con el mes anterior.

02/05/2021

Autonómos. Nueva recategorización anual
En el corriente mes de mayo (31/05) los trabajadores autónomos deberán efectuar la “recategorización” anual para determinar la categoría por la que deban efectuar sus aportes de acuerdo con los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior y según lo dispone el artículo 24 de la R.G. (AFIP) 2217.

 

 

15/03/2021

Autónomos

Nuevos valores vigentes a partir de marzo de 2021.

VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE MARZO 2021

Estos valores entrarán en vigencia a partir del día 15/03/2021

Categorías mínimas de revista

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.

  • Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.

  • Afiliaciones voluntarias.

  • Menores de 21 años.

  • Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.

  • Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

                                 VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE MARZO 2021

21/12/2020

Autónomos

Nuevos valores vigentes a partir de diciembre de 2020.

Los valores para todas las categorías de los trabajadores autónomos fueron actualizados. Consultá las categorías existentes y los importes a abonar por cada una de ellas. Los nuevos valores entran en vigencia el 22 de diciembre.

Fecha de publicación: 21/12/2020

                                  VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE DICIEMBRE 2020

17/09/2020

Autónomos

Nuevos valores vigentes a partir de Septiembre 2020.

Los valores para todas las categorías de los trabajadores autónomos fueron actualizados. Consultá las categorías existentes y los importes a abonar por cada una de ellas. Los nuevos valores entran en vigencia el 17 de septiembre.

                                  VALORES VIGENTES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE 2020

 

¿Cómo ver el detalle de pagos de autónomos? Opción cuando la CCMA no funciona

Hace varias semanas venimos sufriendo la falta de funcionamiento del servicio de AFIP “CCMA Cuenta Corriente Monotributistas y Autónomos” y esto afecta varias de nuestras tareas más cotidianas, entre ellas el control de los pagos de Autónomos para la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.

Advertencia: Sirve para deuda de capital, pero el SICAM no es exacto porque toma la deuda del justamente del CCMA.

 

¿Cómo ver el detalle de pagos de autónomos?

Esta es una opción que podemos utilizar cuando la CCMA no funciona. Los pasos a seguir para acceder al detalle de los pagos es:

1. Acceder al servicio de AFIP SICAM con CUIT y Clave. (Es posible que deban dar de alta el servicio primero)

2. Dentro de “Consultas” seleccionar la opción “Pagos”.

3. El servicio listará el total de pagos de autónomos realizados por el contribuyente, comenzando por los más antiguos, por lo cual deberán ir hasta casi el final del listado para encontrar los pagos correspondientes al 2020

AUTÓNOMOS

Información sobre los trabajadores autónomos, como recategorizarse y cuándo hacerlo. Preguntas y respuesta frecuentes.

¿Qué significa ser autónomo en Argentina?

Es autónomo toda persona que trabaje en forma independiente, incluyendo el empresario individual, que trabaja sin sujeción a un contrato de trabajo, aunque eventualmente reciba remuneración de otras personas.

¿Cuál es la diferencia entre autónomos y monotributo?

Ambos regímenes son para trabajadores independientes. La diferencia principal radica en el tope de ingresos anuales del Régimen Simplificado (Monotributo), lo que limita el ingreso de todos los contribuyentes a este régimen.

¿Cómo deben categorizarse los autónomos?

Existen cinco categorías de autónomos, en función de la actividad desarrollada y de los ingresos brutos anuales obtenidos. El trabajador autónomo deberá categorizarse para cumplir con la obligación de pago mensual. Con este pago el trabajador independiente está pagando su futura jubilación.

Inscripción autónomos

Si ya tenes CUIT y Clave Fiscal:

  1. Ingresas en la web de AFIP.

  2. Vas al servicio “Sistema Registral”.

  3. Haces clic en la opción “Registro Tributario".

  4. Seleccionas la opción “Empadronamiento autónomos”.

Tenderás que aceptar la notificación por la presentación de la Declaración Jurada de Salud, que debes realizar en ANSES.

Si no tenes CUIT y Clave Fiscal:

  1. Solicitar turno en la página web de AFIP.

  2. Concurrir el día del turno con el formulario de declaración jurada (F. 460/F). En el mismo tenes que completar en los “Datos de la seguridad social”- “Autónomos”, la “Actividad”, que será el Código de Registro Autónomo (CRA) correspondiente a la categoría mínima de revista autodeclarada.

  3. Habiendo obtenido la CUIT, derás ingresa en el servicio “Sistema Registal” y realizar el empadronamiento correspondiente.

Nota: La inscripción en la agencia la puede hacer un tercero, con el formulario firmado por el titular. Debe tener la firma certificada por entidad bancaria, autoridad policial o escribano.

Recategorización anual

El 31 de mayo de cada año vence la recategorización anual de los autónomos. Dichos trabajadores deberán modificar su categoría de revista, si sus ingresos del año anterior lo determinarán. Para este trámite se deben considerar los ingresos brutos obtenidos durante el año calendario inmediato anterior.

Si no se realiza la recategorización, se ratifica la categoría declarada anteriormente.

Paso a paso cómo hacer la recategorización de autónomos.

  1. Ingresas con Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral”.

  2. Haces clic en la opción “Trámites”.

  3. Seleccionas la opción "Empadronamiento/Categorización de Autónomos".

  4. Completas todos los datos: fecha de inicio en la categoría 01/06, tabla e ingresos; el sistema te asignará una categoría. Podrás optar por una superior en ese mismo instante.

  5. Imprimis el formulario y la nueva credencial (que contiene el CRA - Código de Registro Autónomo).

Nota: Si desarrollas actividades de dirección (tabla I) y otra actividad principal comprendida en tabla II, debes categorizarte de acuerdo a la actividad por la cual obtenes mayores ingresos.

¿A partir de qué momento tienen efecto las obligaciones de pago de la recategorización?

Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual tienen efectos para los períodos mensuales devengados por el período junio a mayo del año siguiente, ambos inclusive.

Preguntas frecuentes autónomos

En una SRL familiar, ¿quienes deben pagar autónomos?

Primero se debe ver si el socio presta tareas para la sociedad. Si no es socio gerente, no importa si se encuentra ligado por un vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad y/o afinidad con el resto de los integrantes de la sociedad, no está obligado a afiliarse al Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos. Puede hacer una afiliación voluntaria.

Al momento de la recategorizacion, ¿que se debe hacer si los beneficios netos son inferiores a los ingresos brutos?

Si los beneficios netos obtenidos durante el año calendario inmediato anterior (ingresos brutos menos gastos necesarios para obtenerlos) son inferiores en un 30% a sus ingresos brutos, podrá encuadrarse en la categoría inmediata inferior que le correspondiera por los aportes. Mantendrá esta categoría por todo el ejercicio anual siguiente.

¿Un director suplente de una sociedad anónima debe inscribirse en autónomos?

Si no cumple con funciones ejecutivas ni realiza tareas administrativas en la empresa, no está obligado a aportar como trabajador autónomo.

¿Un director titular residente en el extranjero debe inscribirse en autónomos?

Sí, debe inscribirse porque su participación en el directorio es permanente, siendo la concurrencia a las reuniones privativa de su decisión.

¿Qué socios de una sociedad anónima deben pagar autónomos?

Los únicos socios obligados a pagar autónomos son los socios que desempeñan tareas en el órgano de dirección de la sociedad.

Los socios de sociedades regularmente constituidas que son meramente accionistas y no realizan actividad alguna (solo cobran una renta), no se encuentran obligados a aportar como trabajadores autónomos.

¿Los profesiones que hacen aportes a las cajas provinciales, deben inscribirse como autónomos?

Los profesionales que deban aportar obligatoriamente a un régimen jubilatorio profesional provincial (por ejemplo un médico), pueden realizar aportes voluntarios al SIPA.

Autónomos - Valores Junio 2021
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20 DE JULIO 2020

06 - AFIP - Plan de Facilidades de Pago Permanente.

Resolución General Nº 4784/20

 

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