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Normativa sobre Cheques

 

CHEQUE

 

¿Qué es un cheque?

Es una orden de pago que le das a tu banco. Esa orden le indica al Banco que debe pagar a quien se lo presente con los fondos que tenés depositados en tu cuenta corriente.

¿Quiénes intervienen en la emisión?

  • El librador: es el que emite y firma el cheque. Es el garante del pago.

  • El librado: es el banco que recibe la orden de pago.

  • El beneficiario/ tenedor: es la persona que puede cobrar el cheque.

  • Endosante: es la persona que firma el cheque en el reverso, para transmitirlo a otra persona. El endosante es, salvo cláusula en contrario, garante del pago. A A su vez, puede prohibir un nuevo endoso.

¿Dónde se cobra un cheque?

Los cheques al portador, es decir aquellos que están a tu nombre y solo vos podes cobrar, vas a poder cambiarlos por ventanilla del banco emisor o por depósito en tu cuenta, a través de las terminales de Autoservicio de tu banco.

Si tenés un cheque con fecha de cobro a un plazo largo y necesitas la plata cuanto antes, tenés la opción de cambiarlo en un intermediario. Estas empresas de cambio cobrarán una comisión por el servicio.

¿Cuándo vence un cheque?

El cheque común vence a los 30 días corridos de la fecha en que fue emitido.

El cheque librado en el extranjero y pagadero en la Argentina tiene 60 días contados desde la fecha de su creación para el cobro.

Tipos de cheques

Cheque común

Tienen una única fecha. Tiene que ser pagado el día que se presenta al banco y debe ser presentado dentro de los 30 días contados desde la fecha en que fue creado.

Cheque de pago diferido

Es diferido cuando establece una orden de pago a futuro. La fecha de pago puede ser entre 1 y 360 días a partir de la fecha de emisión. Al llegar la fecha de pago se tienen 30 días para cobrar en el Banco, donde deben haber fondos suficientes.

Beneficiario del cheque

Cheque al portador

Este tiene la parte del beneficiario en blanco, pudiendo cobrar el mismo cualquier persona que se presente al banco y coloque su nombre como beneficiario.

Es transmisible mediante la simple entrega.

Cheque no a la orden

Es emitido a favor de una persona y no puede ser transmitido a otra, vía endoso.

Cheque a favor de una persona determinada

Puede ser endosado, es decir que se puede entregar a otra persona para su cobro.

¿Cuándo un cheque está cruzado?

Un cheque común está cruzado, cuando tiene dos líneas en uno de sus bordes (anverso). Esto quiere decir que solo lo podrás depositar en una cuenta corriente. El cruzamiento es especial si entre las barras contiene el nombre de una entidad autorizada para prestar el servicio de cheque, de lo contrario es cruzamiento general.

¿Qué es endosar?

Endosamos cuando lo vamos a cobrar, también cuando estamos transfiriendo a otra persona el derecho al cobro del mismo.

  • El cheque cruzado se endosa para depósito.

  • Los cheques “no a la orden”, no ceden el derecho de cobro mediante un endoso. Hay que hacer una una cesión de créditos para que lo pueda cobrar un tercero.

  • El cheque común solo admite un endoso (sin contar el de quien lo deposite).

  • Los cheque diferidos admiten hasta dos endosos y al igual que el cheque común, se le debe sumar el endoso de quién lo deposite o cobre por caja.

El endoso puede ser en blanco, pudiendo el portador colocar su nombre o el de otra persona, endosar el cheque nuevamente en blanco o con el nombre de otra persona o entregarlo a un tercero sin llenar el blanco ni endosar.

¿Cómo endosar un cheque?

Los cheques se endosan firmando en el reverso del mismo o sobre una hoja unida a este.

La firma del endosante debe ir una debajo de la otra, sí hay más de un endoso. Además de la firma se debe colocar nombre y apellido, DNI o CUIT y domicilio fiscal. Si se firma en representación de una persona jurídica, se debe agregar la Razón Social de la misma y el cargo que se ocupa en la empresa.

Si el endoso que estamos haciendo es para cobrar por ventanilla, simplemente firmamos en la parte de atrás y agreguemos nuestro DNI.

Si el cheque fuese generado por medios electrónicos, el requisito de la firma quedará satisfecho si se utiliza cualquier método que asegure la exteriorización de la voluntad de cada endosante y la integridad del instrumento.

¿Cómo depositar los cheques?

Tenés que hacerlo en el horario bancario. Tiene que estar endosado al dorso del mismo, colocando tu firma, aclaración de la misma, tu número de documento y el número completo de tu cuenta bancaria.

  • Vas a una terminal de autoservicio de tu banco.

  • Ingresá la tarjeta y tu código personal.

  • Optas por el tipo de cuenta que corresponda: "depósitos”.

Si es del exterior, el depósito debe realizarse en la sucursal de radicación de tu cuenta, donde deberás completar una serie de formularios.

¿Qué pasa si pierdo la chequera o un cheque?

El titular de la cuenta corriente debe notificar al banco por escrito, este a su vez notificará al Banco Central de la República Argentina. Esto impide el pago, bajo responsabilidad del titular de la cuenta corriente o del tenedor desposeído.

¿Qué pasa si no hay fondos para?

Si al presentarse para el cobro el banco no lo paga, debe dejar anotado en el cheque los motivos del rechazo, la fecha y la hora y el domicilio del librador.

El portador debe notificar al librador y a sus endosantes dentro de los dos días hábiles siguientes al rechazo. Todas las personas que firman quedan solidariamente obligadas hacia el portador, el cual podrá accionar contra todas sin estar sujeto a observar el orden en que se obligaron.

Impuesto al cheque

No te olvides que en Argentina tenemos el "Impuesto al cheque", siendo la alícuota general del mismo 0,6% por cada débito o crédito que registre nuestra cuenta bancaria.

Los monotributistas, abonan la alícuota reducida del impuesto del 0,25% por cada movimiento bancario (depósito o retiro).

Si tenés una PyMe, te invito a leer el siguiente artículo, para saber como reducir este impuesto: "Certificado PyME".

Mercado pago y el impuesto al cheque

La empresa informó a sus usuarios que desde el 2 de noviembre de 2020 comenzará a cobrar el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, más conocido como impuesto al cheque, el cual se cobrará en el momento en que el usurio realice una tranferencia a una cuenta bancaria de un tercero. Explicaron desde Mercado Pago: "Por ejemplo, si querés transferir $ 1.000, vas a necesitar tener $ 1.012 en tu cuenta para que podamos debitar el monto del impuesto".

Solo las transferencias a cuentas bancarias de terceros están alcanzadas por este impuesto, las transferencias que hagas desde tu cuenta de Mercado Pago a tu cuenta bancaria están exentas. De igual forma las transferencias que hagas desde tu cuenta de Mercado Pago a otra cuenta de Mercado Pago (CVU), no pagarán el impuesto.

CHEQUE ELECTRÓNICO (E-CHEQ)

Características y ventajas

Es una de las medidas del BCRA (que entró en vigencia mediados de 2019) destinadas a fomentar la modernización del sistema de pagos y brindarle mejor calidad al sistema financiero, buscando simplificar, optimizar y abaratar las transacciones con cheques.

Tiene las mismas funcionalidades que un cheque físico, por ejemplo, puede ser común o de pago diferido, tiene carácter de título ejecutivo y es endosable.

Está regulado por las Comunicaciones A 6578, A6725, A6726 y A6727 del BCRA; Boletines 519, 521 y 522 de la CIMPRA; además de la Ley de Cheques.

 

Principales características:

  • solo pueden emitir e-cheqs los titulares de cuentas corrientes,

  • lo puede recibir cualquier titular de una cuenta bancaria (Caja de Ahorro, Cuenta Corriente o Cuenta Corriente especial),

  • lo debe realizar una persona determinada a través de un CUIT/CUIL o CDI, a diferencia de una transferencia donde se debe ingresar una CBU,

  • el e-cheq es realizado y circula por medios puramente electrónicos, ya sea a través de entidades financieras o de las infraestructuras del mercado financiero autorizadas,

  • la emisión y el depósito de los e-cheqs serán funciones exclusivas de las entidades financieras,

  • los e-cheqs, tal como sucede con los cheques tradicionales, siguen pagando el impuesto a los créditos y débitos bancarios,

  • el endoso forma parte de las funcionalidades que podrán ser realizadas tanto por las entidades financieras como por gestores que autorice el BCRA.

 

Principales ventajas:

  • simplificación de la operatoria de emisión, endoso, negociación y, circulación en general, a través de canales digitales,

  • se acepta un tope de 100 endosos (El receptor del e-cheq podrá visualizar la cadena de endosos completa antes de aceptarlo, mediante el homebanking),r

  • reducción de costos operativos en comparación con el cheque tradicional,

  • mayor seguridad y efectividad,

  • reducción de motivos de rechazo (se elimina la posibilidad de rechazo por inconvenientes técnicos).

 

Qué hacer cuando se recibe un cheque electrónico:

Es una función más dentro del homebanking de cada usuario.

Se debe aceptar en el servicio de cheques electrónicos habilitado en el homebanking de la entidad financiera del receptor del cheque.

 Al recibir un e-cheq se recibe una notificación de recepción de debe aceptar o rechazar, en caso de aceptarlo se puede:

  • depositarlo en cuenta,

  • cobrarlo por ventanilla en la sucursal correspondiente,

  • endosarlo, se informará al nuevo beneficiario y las entidades,

  • enviarlo a custodia,

  • venderlo por homebanking, tener en cuenta que antes se debe enviarlo a custodia.

 

Como depositar un e-cheq:

Se realiza a través de la plataforma habilitada por una entidad financiera.

Una vez que el cliente acepta el e-cheq y, dado que puede visualizarlo a través de los canales electrónicos habilitados por todas las entidades financieras donde posee cuenta, puede seleccionar la entidad y cuenta de depósito.

Los plazos de acreditación son los mismos que para el cheque en papel (48 horas cuando se requiere compensación entre bancos).

 

Como se negocia un e-cheq:

Facilita su negociación, pudiendo realizarse de forma electrónica y remota, reduciendo costos operacionales, de traslado y verificación de documentos.

En la plataforma habilitada por las entidades financieras o los gestores se encontrará la opción “Endoso para Negociación”. Con su selección, el e-cheq ingresa al mercado bursátil a través de las Infraestructura de Mercado Financiero elegida y previamente autorizada por el BCRA para brindar el servicio de custodia/registro del instrumento digital. A partir de allí, se mantienen los mismos esquemas de negociación que con el cheque en papel.

Se permite la negociación en el mercado de capitales, se hace mediante una SGR (Sociedad de garantía recíproca) que otorga un aval y posteriormente envía el mismo a la Caja de Valores para su negociación.

 

Rechazo de un e-cheq:

Al igual que el cheque en papel, se puede accionar judicialmente a través de la vía ejecutiva. Ante un rechazo por falta de fondos, se puede negociar el pago con algún integrante de la cadena de endosos. Si no se llega a un acuerdo, se puede solicitar en la entidad financiera donde se depositó el e-cheq la impresión del “Certificado para Acciones Civiles”.

Dicho certificado contendrá todos los datos referidos a la cadena de endosos e incluirá un “código de visualización” a efectos de poder validar que la información contenida sea la misma que se encuentra registrada en el sistema de almacenamiento administrado y operado por la cámara.

 

Cronograma de implementación que ha ido sucediendo

Fase I

  1. solo los bancarizados pueden cobrar y emitir desde homebaking,

  2. son emitidos a favor de una persona con CUIL/CUIT/CDI,

  3. no se emiten con cláusula “no a la orden” (sin endosos),

  4. pueden ser de pago diferido (CPD), con plazo máximo de 360 días,

  5. se acepta un tope de 100 endosos.

Fase II

  1. los e-cheqs pueden librarse al portador (CUIL/CUIT/CDI),

  2. pueden emitirse con cláusula “no a la orden”,

  3. deben contemplarse los distintos tipos d endoso según ley,

  4. el banco ofrece una multichequera para cancelar pagos con uno o varios cheques,

  5. son avalados por un tercero, de manera total o parcial,

  6. además del homebanking, pueden librarse desde la banca móvil.

Fase II-B

  1. se cobrarán por ventanilla en entidades financieras,

  2. podrán endosarse en blanco y se incluirán distintos tipos de endoso,

  3. el destinatario podría no contar con cuenta bancaria.

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20 DE JULIO 2020

06 - AFIP - Plan de Facilidades de Pago Permanente.

Resolución General Nº 4784/20

 

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