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COOPERATIVAS Y MUTUALES
06/10/2021
Programa de Crédito Fiscal Cooperativas de Trabajo. Disposición 8/2021
Mediante la Disposición 8/2021 a fin de posibilitar el funcionamiento del Programa de Crédito Fiscal correspondiente al año 2021 resulta se aprueban los instrumentos operativos de evaluación, así como establecer el puntaje mínimo de pre-aprobación de las propuestas.
24/09/2021
Programa de Reactivación y Desarrollo Productivo Cooperativo (REDECO). Resolución 601/2021
Mediante la Resolución 601/21 se crea el Programa de Reactivación y Desarrollo Productivo Cooperativo (REDECO) a fin de asistir económicamente a Empresas Recuperadas conformadas como Cooperativas, que requieran apoyo para reactivar, desarrollar sus actividades productivas, siempre que:
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guarden relación con los objetivos del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP),
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se encuentren debidamente inscriptas en el INAES, y
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posean “Certificado MIPyME”.
La asistencia consistirá en Aportes No Reembolsables (ANR), según los criterios establecidos en las referidas Bases y Condiciones, con un mínimo de $ 1.000.000, y un máximo de $ 40.000.000.
PROGRAMA DE REACTIVACIÓN Y DESARROLLO PRODUCTIVO COOPERATIVO (REDECO)
Bases y Condiciones
03/08/2021
Cooperativas. INAES deja sin efecto aranceles vigentes. Resolución 1409/2021
La Resolución 1409/21 dejan sin efecto los aranceles vigentes actualmente sobre trámites que efectúan las cooperativas en el INAES, hasta tanto se cuente con un nuevo esquema de arancelamiento de servicios, materia que se encuentra bajo análisis.
07/05/2021
Cooperativas y Mutuales Documentación Asamblearia por TAD
La documentación pre y pos asamblearia de cooperativas puede enviarse a través de la plataforma de Trámites a Distancia.
Se habilitó la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para la presentación de la documentación previa y posterior a las asambleas ordinarias y extraordinarias, contemplada en los artículos 41,48, 56 y cc. de la Ley N° 20337 y resoluciones concordantes de esta autoridad de aplicación.
La documentación que se presente por Trámites a Distancia (TAD) debe ser digitalizada sobre originales de primera generación y consecuentemente son considerados originales con idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel, en los términos del Decreto Nº 1131/16 y el artículo 293 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
La información que las cooperativas brinden en los términos de la presente resolución, reviste el carácter de declaración jurada en los términos contemplados en los artículos 109 y 110 del Decreto Nº 1759/72 (TO 894/17).
Cómo cargar la documentación:
Ingresar a la plataforma TAD:
Se deberá acceder con CUIT – Clave única de Identificación Tributaria – y clave fiscal.
Esta presentación solo la podrá realizar el o los apoderados, en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), de la entidad (Para realizar el trámite de apoderamiento podrá consultar los tutoriales disponibles en la página de TAD, ingresando al siguiente link.
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Seleccionar a la entidad que se va a representar en la presentación.
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Ingresar en la pestaña “Iniciar Trámite” y en organización buscar INAES.
En el resultado de la búsqueda, seleccionar el trámite deseado:
Presentación de Documentación de Asamblea Ordinaria – Cooperativas (Previa a la Asamblea).
Presentación de Documentación de Asamblea Ordinaria – Cooperativas (Posterior a la Asamblea).
Presentación de Documentación de Asamblea Extraordinaria – Cooperativas (Previa a la Asamblea).
Presentación de Documentación de Asamblea Extraordinaria – Cooperativas (Posterior a la Asamblea).
Presentación de Documentación del Órgano de Administración – Cooperativas.
Presentación de Documentación por Cuarto Intermedio de Asamblea – Cooperativas.
Presentación de documentación de Asamblea de Distritos – Cooperativas
-Luego de seleccionado el trámite solo deberá hacer clic sobre el botón “Iniciar Trámite” y completar los datos que en cada caso se requiera.
www.argentina.gob.ar/noticias/documentacion-asamblearia-por-tad


07/05/2021
Guía para la realización de Asambleas Virtuales de entidades Cooperativas y Mutuales
El Directorio del INAES emitió la resolución 485/21 que reglamenta la realización de forma virtual de las asambleas ordinarias de entidades cooperativas y mutuales en el marco de las limitaciones impuestas por la pandemia de COVID-19, determinando también mecanismos para la renovación de autoridades y modalidades de voto.
Mediante esta normativa, se establece que para realizar las reuniones a distancia se deberán observar los siguientes recaudos:
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La entidad deberá garantizar que el sistema elegido admita la libre accesibilidad a las reuniones de todos los asociados y las asociadas, con pleno ejercicio de sus derechos políticos permitidos. La imposibilidad de garantizar el acceso en estas condiciones obstará la realización de las Asambleas por este medio. El o los canales de comunicación deberán permitir la transmisión simultánea de sonido e imágenes en el transcurso de toda la reunión, a su vez, se deberá garantizar la grabación en soporte digital
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En la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y estatutaria correspondiente, se deberá informar de manera clara y sencilla cuál ha sido el canal de comunicación elegido y cómo acceder a éste; la forma de emitir el voto de manera clara y de fácil contabilización ante cada moción, así como los mecanismos para su emisión.
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En el caso de tratarse de apoderados y/o apoderadas, deberá remitirse a la entidad con CINCO (5) días hábiles de antelación a la celebración, el instrumento habilitante correspondiente, suficientemente autenticado.
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Deberá dejarse constancia en el acta las personas humanas y el carácter en que participaron en el acto a distancia.
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Sin perjuicio de la transcripción del acta de asamblea en el libro pertinente, el Órgano de Dirección debe conservar una copia en soporte digital de la reunión por el término de UN (1) año, la que debe estar a disposición de cualquier asociado y/o asociada que la solicite y de la Autoridad de Aplicación.
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Sin perjuicio del aviso previo requerido por las normas legales tanto al INAES así como al Órgano Local Competente, y sus respectivas facultades de fiscalización de los actos, se podrá solicitar al Instituto la presencia de personal de la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización de Cooperativas y Mutuales para que presencie la asamblea y realice tareas de apoyo y asistencia. Dichas tareas deberán contribuir a evacuar dudas respecto a la aplicación de esta resolución, así como a cuestiones vinculadas a un acto asambleario en general, como la redacción de actas y la formulación de mociones, entre otros.
Además, se ha elaborado una guía orientativa de “buenas prácticas” relevadas en las asambleas a distancia donde el INAES ha participado.
Guía de Asambleas a Distancia

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