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Novedades
25/03/2021
Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Argentino. Decreto 191/21
El Decreto 191/21 instrumenta incentivos fiscales en las contribuciones patronales que pagan los empleadores que desarrollen sus tareas en Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán.
Una rebaja gradual (70 % el primer año, 45 % el segundo y 20 % el tercero), y temporaria (relaciones laborales que se inicien en el término de 12 meses contados desde la vigencia del presente decreto) de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales, durante un período de 3 años, en sectores económicos determinados de las provincias orientados a la producción de bienes.
Asimismo, este beneficio se elevará en un 10% en caso de que se a mujeres y personas travestis, transexuales y transgénero.
Con la finalidad de incentivar la contratación a tiempo completo, se dispone que los beneficios se reduzcan a la mitad cuando la contratación sea realizada a tiempo parcial conforme lo establecido en el artículo 92 TER Ley 20.744.
Vigencia: 1 de abril 2021
Aplicación: relaciones laborales que se inicien durante los primeros 12 meses a partir de esa fecha.
PROVINCIA DE CORRIENTES
30/03/2021
IMPOSITIVO
Procedimiento. Emergencia agropecuaria. Provincia de Corrientes
Mediante el dictado de la Resolución MAGyP 37/2021 (B.O. 30/03/2021) se declara, en la Provincia de Corrientes, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por el término de un año a partir del 1 de diciembre de 2020, para el sector forestal, en el área comprendida por los Departamentos de Concepción, Esquina, General Alvear, General Paz, Goya, Ituzaingó, Mburucuyá, Saladas, San Miguel, San Roque y Santo Tomé, afectada por incendio.
LABORAL
Trabajo. Distanciamiento social, preventivo y obligatorio
El Decreto 605/2020 (B.O. 29/07/20) establece la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto éstos verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios que la norma indica. La medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" regirá desde el día 18 de julio hasta el día 2 de agosto de 2020, inclusive. A la fecha del dictado del Decreto 605/2020, todos los departamentos de la Provincia de Corrientes, se encuentran alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
La norma establece limitaciones a la circulación de las personas alcanzadas por la medida del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, dispone reglas de conducta para aquellas y determina que sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales o de servicios, en tanto, posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial. También establece normas para actividades deportivas, artísticas y sociales, y especifica las actividades que quedan prohibidas durante el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio"
IMPOSITIVO
Procedimiento. Prórroga de la feria fiscal extraordinaria hasta el 3/5/2020.
Resolución General DGR 201/202
Se prorroga hasta el 3 de mayo de 2020 la feria fiscal extraordinaria, dentro de la cual los plazos procesales administrativos se encuentran suspendidos.
IMPOSITIVO
Régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a operaciones realizadas a través de sitios web.
Resolución General DGR 202/202
Se establece un régimen especial de retención del impuesto sobre los ingresos brutos respecto de la venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios cuyo pago se efectúe con la intervención o por medio de una plataforma web o sitio web, aplicaciones informáticas, páginas de internet y/o cualquier otro medio electrónico o digital. En ese orden, se dispone que deberán actuar como agentes del citado régimen los sujetos titulares de plataformas de pagos a partir del 1 de junio de 2020.

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