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MINISTERIO DE TRABAJO DE LA NACIÓN

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Ministerio de Trabajo, Empleo y

            Seguridad Social

SUBSECRETARÍA DE TRABAJO, INDUSTRIA Y COMERCIO (CABA) 

MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO - LEY N° 20744

NOVEDADES

22/04/2021

Ministerio de Trabajo utilizará el DFE de AFIP para realizar comunicaciones y notificaciones. Resolución General Conjunta 4970/21

El MTEySS en el marco de sus procedimientos de ejecución fiscal, podrá efectuar las notificaciones y comunicaciones relacionadas con las medidas precautorias solicitadas, así como todo otro tipo de notificación que se practiquen en el trámite de la ejecución, con excepción del mandamiento de intimación de pago, dispuestas por el párrafo decimotercero del art. 92 de la Ley 11.683  y por el art. 12 de la Resolución 655/2005 (MTEySS),  ello de conformidad con el art. 48 de la Ley 26.476.

Dichas notificaciones y comunicaciones se practicarán en el DFE constituido por los contribuyentes y/o responsables en AFIP, hasta tanto éstos constituyan domicilio en las actuaciones judiciales; oportunidad a partir de la cual las posteriores notificaciones se gestionarán en este último domicilio, mediante el sistema que establezca el Poder Judicial a tales efectos.

Resolución General Conjunta 4970/2021

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20 DE JULIO 2020

06 - AFIP - Plan de Facilidades de Pago Permanente.

Resolución General Nº 4784/20

 

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