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Novedades RENTAS TIERRA DEL FUEGO
NORMATIVA
NOVEDADES
09/08/2021
Intercambio de información a fin de agilizar la liberación de las garantías de operaciones aduaneras. RGC 5045/21
Mediante la RGC 5045/21 se establece un procedimiento de intercambio de información entre la AFIP y el Ministerio de Producción de Tierra del Fuego a fin de agilizar los tiempos de control y la liberación de las garantías constituidas ante la Dirección General de Aduanas para la referida Área Aduanera Especial establecida por la Ley 19.640.
Resolución General Conjunta 5045/2021
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Implementar el procedimiento para el intercambio de información entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, a fines de agilizar la liberación de las garantías de operaciones aduaneras vinculadas a la acreditación de origen del Área Aduanera Especial regulada por la Ley N° 19.640, el cual se consigna en el Anexo (IF-2021-00496517-AFIP-SATADVCOAD#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general conjunta entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Asimismo, el proceso de automatización de la liberación de garantías en operaciones aduaneras, indicado en el apartado I del Anexo (IF-2021-00496517-AFIP-SATADVCOAD#SDGCTI) de la presente, y la consulta sobre información asociada al proceso de acreditación de origen digital (AOD), establecida en el apartado II del referido anexo, serán implementados a los NOVENTA (90) días – como plazo máximo- de la entrada en vigor de esta norma.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
LABORAL
Trabajo. Distanciamiento social, preventivo y obligatorio
El Decreto 576/2020 (B.O. 29/06/20) establece la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto éstos verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios que la norma indica. La medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" regirá desde el día 1° hasta el día 17 de julio de 2020, inclusive. A la fecha del dictado del Decreto 576/2020, todos los departamentos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur se encuentran alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.
La norma establece limitaciones a la circulación de las personas alcanzadas por la medida del distanciamiento social, preventiv
IMPOSITIVO
Suspensión de juicios de ejecución fiscal
Resolución General AREF 407/2020
En el marco de la emergencia económica, fiscal, financiera y social declarada en la Provincia la Agencia de Recaudación Fueguina suspende el inicio de nuevos procesos de ejecución fiscal hasta el día 31 de diciembre de 2020 inclusive, respecto de los contribuyentes cuya base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos por el año 2019 no supere la suma de $ 30.000.000.
Se suspende, hasta la referida fecha, el impulso de los procesos de ejecución fiscal que a la fecha de entrada en vigencia de la citada emergencia cuenten con sentencia de trance y remate firme, respecto de los mencionados contribuyentes.
Se dispone la suspensión de la solicitud de traba de medidas cautelares y/o diligenciamiento de las mismas hasta el 31/12/2020 inclusive respecto de los referidos contribuyentes.
IMPOSITIVO
Procedimiento. Modificación del monto mínimo sujeto a retención de ingresos brutos Resolución General AREF 404/2020
Se eleva de $5.000 a $20.000 el monto mínimo sujeto a retención del régimen general del impuesto sobre los ingresos brutos.
IMPOSITIVO
Procedimiento. Modificación de la reglamentación especial de presentación espontánea y regularización de deudas
Resolución AREF 375/2020
Se modifica la reglamentación del régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas -L. (T. del Fuego) 1310- a los fines de incluir en el mismo las deudas de los tributos provinciales cuyo vencimiento haya operado hasta el 30/4/2020.
Asimismo, se establece que la adhesión al citado régimen se podrá realizar hasta el 30/6/2020.
IMPOSITIVO
Procedimiento. Reducción de la alícuota del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias para contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos
Resolución AREF 351/2020
Se establece que la alícuota a aplicar en el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias que operen entre el 1 y el 30 de junio de 2020, respecto de contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos, será del 0,01%.
IMPOSITIVO
Resolución General AREF 337/2020
Procedimiento. Prórroga de la suspensión de plazos administrativos y presentaciones del impuesto sobre los ingresos brutos
Resolución General AREF 337/2020
Se prorroga, hasta el 24/5/2020, la suspensión de los plazos procedimentales.
Asimismo, se dispone que la atención al público en los Distritos de Ushuaia, Río Grande, Tolhuin y Ciudad Autónoma de Buenos Aires se efectuará previa solicitud de turnos por parte de los contribuyentes.
Se pospone por 90 días corridos la obligación del pago del período 5 del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes del régimen simplificado.
IMPOSITIVO
Procedimiento. La Agencia de Recaudación Fueguina prorroga la suspensión de plazos procedimentales y presentaciones del impuesto sobre los ingresos brutos Resolución General AREF 330/2020
En el marco de la emergencia sanitaria, la Agencia de Recaudación Fueguina prorroga, hasta el 10/5/2020, inclusive, la suspensión de los plazos procedimentales. Se prorroga, hasta el 30/6/2020, el plazo para realizar la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes locales. Se prorroga, hasta el 13/5/2020, el plazo para la presentación del anticipo 3/2020 de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos que hayan obtenido durante el período 2019 ingresos superiores a $3.000.000.
Para los contribuyentes que hayan obtenido ingresos inferiores a la suma indicada, el plazo de vencimiento había sido pospuesto por 90 días corridos a partir del vencimiento original.
IMPOSITIVO
Procedimiento. La Agencia de Recaudación Fueguina prorroga la suspensión de plazos procedimentales Resolución General AREF 307/2020
En el marco de la emergencia pública sanitaria, la Agencia de Recaudación Fueguina prorroga, hasta el 26/4/2020, inclusive, la suspensión de los plazos procedimentales.
Se prorroga hasta el 8/5/2020 el plazo para la presentación de los instrumentos y el pago del impuesto de sellos correspondiente, en el supuesto en que el vencimiento original opere entre el 16/3/2020 y el 26/4/2020
IMPOSITIVO
Procedimiento. La Agencia de Recaudación Fueguina dispone prórrogas y suspensión de plazos procedimentales Resolución General AREF 303/2020
En el marco de la emergencia pública sanitaria, la Agencia de Recaudación Fueguina prorroga, hasta el 12/4/2020, la suspensión de los plazos procedimentales.
Se prorroga hasta el 30/6/2020 el plazo para la presentación y el pago del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes locales y del régimen simplificado, en los supuestos en que los vencimientos de la obligación original hayan operado entre el 16/3/2020 y el 31/3/2020.
Se dispone posponer por 90 días corridos la obligación del pago de los períodos 3 y 4 del referido impuesto para los contribuyentes locales con ingresos anuales que durante el período 2019 no superen los $3.000.000.
Los contribuyentes locales no incluidos en el supuesto anterior, se establece que el plazo de presentación y pago del anticipo 3 del impuesto operará el 30/4/2020, según el número de inscripción de aquellos. Destacamos que el vencimiento original de esta obligación operaba entre el 13/4/2020 y el 17/4/2020.
Se prorroga hasta el 30/4/2020 el plazo para la presentación de los instrumentos y el pago del impuesto de sellos correspondiente al supuesto en que el vencimiento original para el pago opere entre el 16/3/2020 y el 12/4/2020.

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