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NOVEDADES

02/02/2021

Santa Cruz ASIP lanza Régimen Excepcional de Regularización de Deudas 2021

Con el objetivo de estimular el cumplimiento de las obligaciones fiscales cuya recaudación, fiscalización y determinación se encuentra a cargo de la ASIP, el organismo fiscal de la Provincia lanzá a partir de febrero un Régimen Excepcional de Regularización de Deuda con condonación de intereses resarcitorios, punitorios y de las multas previstas en los arts. 53, 55, 56 y 60 del Código Fiscal.

El régimen mencionado se encuentra en línea con todas las medidas de apoyo a la actividad comercial y productiva que el Poder Ejecutivo Provincial ha tomado durante el año 2020 como resultado de la pandemia declarada por la OMS por la transmisión del Virus SARS-COV 2, con el fin de mitigar los perjuicios económicos de la situación de emergencia en materia comercial y productiva en todo el ámbito de nuestra provincia.

Teniendo en cuenta la situación económica provocada por la pandemia, la ASIP se encuentra abocada a lograr la regularización de la situación fiscal de los contribuyentes, y la normalización de los pagos por parte de los mismos.

En ese marco, el régimen incluye la posibilidad que el contribuyente acceda a la condonación de los intereses devengados, con hasta un 100% de quita según la etapa en la que se adhiera y a la modalidad elegida.

El acogimiento al Régimen de Regularización Excepcional podrá efectuarse entre el mes de febrero y hasta el 30 de abril de 2021 inclusive, prevé un anticipo y un máximo de hasta 48 cuotas. Las tasas de financiamiento oscilan entre el 0,5 al 3% mensual.

El régimen incluye las obligaciones tributarias adeudadas de cualquier naturaleza, que se encuentren en instancia administrativa o judicial, vencidas al 31 de enero de 2021.

Los interesados deberán ingresar a la página web oficial de la Agencia –www.asip.gob.ar- en donde a partir de febrero se encontrarán disponibles todos los requisitos y condiciones para suscribirse al Régimen.

LABORAL 

Trabajo. Distanciamiento social, preventivo y obligatorio

El Decreto 576/2020 (B.O. 29/06/20) establece la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto éstos verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios que la norma indica. La medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" regirá desde el día 1° hasta el día 17 de julio de 2020, inclusive. A la fecha del dictado del Decreto 576/2020, todos los departamentos de la Provincia de Santa Cruz se encuentran alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La norma establece limitaciones a la circulación de las personas alcanzadas por la medida del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, dispone reglas de conducta para aquellas y determina que sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales o de servicios, en tanto, posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial. También establece normas para actividades deportivas, artísticas y sociales, y especifica las actividades que quedan prohibidas durante el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio"


 

IMPOSITIVO 

Procedimiento. La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos adopta medidas excepcionales por la emergencia sanitaria
Resolución General ASIP 51/2020

Como consecuencia de la emergencia sanitaria, la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos dispone la remisión de la obligación de ingresar los intereses resarcitorios, aplicables para todos los gravámenes y obligaciones que administra la Agencia, que se devenguen desde el 27/3/2020 y hasta el 24/6/2020 inclusive.

Se establece que durante el plazo que dure la citada emergencia, los contribuyentes y responsables que regularicen deudas con el régimen permanente de facilidades de pago -RG (ASIP Santa Cruz) 383/2018- gozarán de un plazo de gracia de 3 meses para el ingreso de la primera cuota.

Se suspende por el plazo de 90 días corridos y por única vez los embargos correspondientes a las ejecuciones fiscales, respecto de contribuyentes y responsables con domicilio en la Provincia de Santa Cruz.


 

IMPOSITIVO 

Procedimiento. Conceptos incluidos del régimen de recaudación y control sobre acreditaciones bancarias del impuesto sobre los ingresos brutos
Resolución General ASIP 58/2020

Se dispone que estarán excluidos del régimen de recaudación y control del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias -RG (ASIP Santa Cruz) 368/2018- los importes que se acrediten, a partir del 1/4/2020, en concepto de Asignación Universal por Hijo (AUH), Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y aquellas prestaciones monetarias no contributivas de carácter excepcional que en el futuro se dispongan en el marco de la emergencia sanitaria.

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20 DE JULIO 2020

06 - AFIP - Plan de Facilidades de Pago Permanente.

Resolución General Nº 4784/20

 

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